DOE

     La División de Operaciones Especiales del Cuerpo de Bomberos de Puerto Rico. fue creada el 1 de Febrero del 1990 en virtud de la Ley Num. 43 del 21 de Junio del 1988, Ley que crea el Cuerpo de Bomberos de P.R.. Esto, con el propósito de adicionarle eficiencia a la encomienda que tiene el Cuerpo de Bomberos de P.R. para combatir fuegos, salvar vidas y garantizarle a los ciudadanos en general, una protección adecuada contra incendios. Debemos contar con un equipo de trabajo conocedor de las técnicas mas avanzadas de Extinción de Incendios, Rescate de personas, Control de Derrames de Materiales Peligrosos, Etc. Este grupo de trabajo debe igualmente, contar con el equipo técnico existente mas avanzado y de mayor capacidad para cumplir cabalmente con las responsabilidades indicadas.

     Su personal será cuidadosamente seleccionado para que reúna unos requisitos de salud, fortaleza física, disciplina, dedicación, laboriosidad, responsabilidad, valentía y capacidad para asimilar conocimientos, todo esto necesario para poder responder eficientemente a la tarea y responsabilidad encomendada.

     Aunque de primera intención la División fue creada en la Zona Metropolitana, sus servicios se prestan para toda la isla. Ya establecidas, se encuentran las Estaciones de Hato Rey, Ponce y Barceloneta. El Director de cada  Estación, le responde directamente a los Comandantes de sus respectivas Zonas.


               Entre los deberes de la División, están:


     1-  Intervenir en toda emergencia en donde por la naturaleza o seriedad de la situación se requiera de
           flexibilidad de movimientos y destrezas especiales.

     2-  Brindar apoyo y ayuda necesaria a los Comandantes de Zonas y Jefes de Distritos en su gestión de
           prevenir y combatir fuegos.

          Al acudir a la escena de un fuego, los miembros de la División se pondrán a la disposición del  Comandante de Zona o Jefe de Distrito en el lugar del incendio.

     3-  Llevar a cabo todo tipo de rescate terrestre en el área metropolitana y en la isla.

     4-  Participar en operaciones de rescate de personas, que como resultado de un accidente aéreo, 
           automovilístico, derrumbe, incendio o colapsamiento hayan quedado atrapadas y se requiera de
           equipo y personal técnico para su rescate.

     5- Liberar a personas que quedan atrapadas o encerradas ascensores, habitaciones, autos, cavernas, etc.

     6-  Intervenir en todo tipo de desastre natural o causado por el hombre, para socorrer personas, abrir
          accesos, etc.

     7-  Rescatar cualquier animal domestico que este en peligro.

     8-  Intervenir en situaciones de derrames de Combustibles o Materiales Peligrosos en coordinación con
           la Junta de Calidad Ambiental. Para el manejo de Materiales Peligrosos, deberán estar provistos del
           equipo de seguridad (equipo de protección) adecuado.

     9-  Intervenir con situaciones en donde haya cables de alto voltaje que puedan poner en peligro la vida
          de cualquier ciudadano.

   10-  Brindar conferencias, charlas, demostraciones o adiestramiento a instituciones cívicas, privadas y
          gubernamentales, incluyendo al Cuerpo de Bomberos de P.R.

   11-  Participar en adiestramientos que ofrezcan las distintas agencias e instituciones que tengan que ver con
           la función asignada a esta División.

   12-  Brindar mantenimiento a las facilidades físicas (edificio) que ocupa, así como a la transportación y
           equipos que tiene asignado.

   13-  Prestar Primeros Auxilios.


     Además, esta División cuenta con un listado de deberes y responsabilidades para el personal que la integra, además de estar continuamente adiestrándose en las mejores y mas avanzadas técnicas de las diferentes áreas que atiende.